Qué poner y qué no
- PonloLa altura de la puerta
- Es lo primero que mira quien tiene un coche alto o una furgoneta. Mide desde el suelo hasta lo más bajo de la entrada: la puerta, la viga o la barra de gálibo.
- PonloSi el precio lleva IVA
- Si alquilas la plaza sola, el alquiler lleva un IVA del 21 %, así que «3,38 € con IVA» y «3,38 € más IVA» no son lo mismo para quien llama. El IVA, explicado.
- PonloCuándo está libre
- Horas o fechas concretas. «Del 10 al 17 de agosto» encuentra a alguien; «en verano», no.
- No lo pongasTu piso, tu puerta o el número de la plaza
- El cartel lo lee cualquiera que entre en el portal. A quien te llame se lo dices tú.
- No lo pongasQue vigilas o guardas el coche
- Ofrecer custodia te acerca a la ley de los aparcamientos públicos, que es mucho más exigente. Anuncia una plaza. Por qué.
Dónde colgarlo
El tablón del portal, el ascensor y las paredes del garaje son de la comunidad, y sus normas de régimen interior regulan el uso de los espacios comunes. Pide permiso al presidente o al administrador antes de colgarlo, y quítalo cuando la alquiles.
Un cartel en el portal lo ven tus vecinos y quien entra en el edificio. Si además la anuncias en internet, la ve quien busca aparcamiento en tu zona sin pasar por tu calle.
Lo que no sabemos
Lo que depende de tu comunidad, de tu ayuntamiento o de tu calle.
- Qué permiten las normas de tu comunidad: cada una decide si se pueden colgar carteles en el portal, en el ascensor o en el garaje.
- Si tu ayuntamiento pide permiso para colgar una lona en una fachada o en una valla que da a la calle: lo regulan las ordenanzas de cada municipio, y no las hemos revisado.
- Si el precio de ejemplo vale para tu plaza: es lo que cobra de mediana una hora un parking público de Madrid (74 parkings), no lo que cobra un particular.